Recuperación de Cartera en Copropiedades
Recuperamos la cartera morosa de las copropiedades por cuotas de administración ordinarias y extraordinarias, mediante cobro persuasivo, acuerdos de pago y, cuando es necesario, proceso ejecutivo, para proteger las finanzas y la operación de la copropiedad.

Un acompañamiento concreto para cada caso.
Cobro persuasivo y proceso ejecutivo de cuotas de administración morosas.
¿Cuándo necesita este servicio?
Cuando la mora en el pago de las cuotas de administración compromete el presupuesto, el mantenimiento y la operación de la copropiedad.
- Propietarios con cuotas de administración en mora.
- Cartera acumulada que afecta el flujo de caja de la copropiedad.
- Acuerdos de pago incumplidos por propietarios morosos.
- Necesidad de iniciar procesos ejecutivos de cobro.
Cómo lo acompañamos
- Diagnóstico y priorización de la cartera morosa.
- Cobro persuasivo y estructuración de acuerdos de pago con garantías.
- Expedición y revisión del certificado de deuda que presta mérito ejecutivo.
- Proceso ejecutivo hasta la recuperación efectiva, incluyendo medidas cautelares.
- Informes periódicos al administrador y al consejo sobre el estado del cobro.
Recuperación de Cartera: lo que suele preguntarnos.
Primero mediante cobro persuasivo y acuerdos de pago; si no hay resultado, se acude al proceso ejecutivo, en el que el certificado de deuda expedido por el administrador presta mérito ejecutivo. Acompañamos toda la gestión hasta la recuperación efectiva.
El certificado sobre la existencia y el monto de la deuda, expedido por el administrador de la copropiedad, presta mérito ejecutivo conforme a la Ley 675 de 2001. Revisamos que cumpla los requisitos para que el proceso no tenga tropiezos.
Sí. La ley permite cobrar intereses moratorios sobre las expensas en mora, dentro de los límites legales y según lo previsto en el reglamento. Los liquidamos correctamente para incluirlos en la reclamación.
Dentro del proceso ejecutivo es posible solicitar medidas cautelares, como el embargo del inmueble, para garantizar el pago de la deuda. Evaluamos en cada caso la medida más efectiva y proporcionada.

